Mié. Abr 24th, 2024

El papa Francisco ha reafirmado dos puntos del motu proprio «Traditionis custodes» a través de un rescripto firmado por el Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino, el cardenal Arthur Roche. Este documento anuló la obra de restauración de la paz litúrgica llevada a cabo por Benedicto XVI con Summorum Pontificum en julio de 2021. En virtud de este rescripto, los obispos no podrán conceder más permisos que los establecidos por Roma.

En los últimos tiempos, ha habido diversas interpretaciones y debates sobre dos puntos clave de la Traditionis custodes que se refieren al uso de iglesias parroquiales y la posible creación de parroquias personales para grupos que celebran según el misal de 1962, así como el uso de este misal por sacerdotes ordenados después del 16 de julio de 2021. El motu proprio ya establecía que en estos casos el obispo debía solicitar la autorización del Dicasterio para el Culto Divino, que ejerce la autoridad de la Santa Sede en esta materia.

El rescripto del Papa Francisco aclara que estos casos son «dispensas reservadas de modo especial a la Sede Apostólica», por lo que los obispos están obligados a pedir autorización a Roma. Si un obispo diocesano ha concedido dispensas sin el consentimiento de la Santa Sede, deberá informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales. Por lo tanto, el obispo estará obligado a acatar la respuesta del Dicasterio ante las concesiones de iglesias parroquiales, la erección de parroquias personales y el ‘nihil obstat’ para el uso del Misal Antiguo por parte de sacerdotes ordenados después de julio de 2021, establecidos por la autoridad diocesana sin el consentimiento de Roma.

A continuación la traducción del Rescripto:

RESCRIPTUM EX AUDIENTIA SS.MI, 21.02.2023

El Santo Padre, en la Audiencia concedida el 20 de febrero al infrascrito Cardenal Prefecto del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, confirmó lo siguiente respecto a la aplicación de su Motu Proprio Traditionis custodes del 16 de julio de 2021.

Estas dispensas están reservadas de modo especial a la Sede Apostólica (cf. C.I.C. can. 87 §1):

  • el uso de una iglesia parroquial o la erección de una parroquia personal para la celebración de la Eucaristía utilizando el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 3 §2);
  • la concesión del permiso a los sacerdotes ordenados después de la publicación del Motu proprio Traditionis custodes para celebrar con el Missale Romanum de 1962 (cf. Traditionis custodes art. 4).

Como establece el art. 7 del Motu proprio Traditionis custodes, el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ejerce la autoridad de la Santa Sede en los casos mencionados, supervisando la observancia de las disposiciones.

Si un obispo diocesano ha concedido dispensas en los dos casos mencionados, está obligado a informar al Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que evaluará los casos individuales.

Además, el Santo Padre confirma -habiendo expresado ya su asentimiento en la audiencia del 18 de noviembre de 2021- lo establecido en la Responsa ad dubia con las Notas explicativas anexas del 4 de diciembre de 2021.

El Santo Padre ha ordenado también que este Rescripto se publique en L’Osservatore Romano y, posteriormente, en el comentario oficial de la Acta Apostolicae Sedis.

Vaticano, 20 de febrero de 2023

Cardenal Arthur Roche

Prefecto


Fuente: Infocatólica

Fuente: 2 Vatican news