Vie. Mar 29th, 2024

La Asociación Médicos por la Vida de Arequipa rechazó varios contenidos de la reciente directiva sanitaria aprobada por el Ministerio de Salud de Perú, porque se estaría aprovechando la crisis del coronavirus para atentar contra la vida de los niños por nacer.

 

Según las últimas estadísticas, en Perú hay 47.372 casos confirmados de COVID-19, 1.344 muertes y 14.427 recuperados.

 

“Los integrantes de la Asociación Médicos por la Vida de Arequipa expresamos nuestro rechazo a determinados contenidos de la Directiva Sanitaria No. 094-MINSA/2020/DIGIESP. Dicha norma, en su título, dice buscar garantizar la salud de las gestantes y la continuidad de la atención en planificación familiar ante la infección por COVID-19 y fue aprobada por Resolución Ministerial del 22 de abril de este año con firma del ministro de salud, Víctor Zamora”, indican los médicos en el comunicado lanzado el 2 de mayo.

 

“En este momento -expresaron los médicos-, en que todos nuestros esfuerzos como nación, deben estar dirigidos a mejorar nuestro precario sistema de salud para atenuar el grave impacto de la pandemia”, se “aprovecha la circunstancia para dictar medidas que atentan contra la vida de los peruanos en su etapa más vulnerable, la vida intrauterina”.

 

En el numeral 6.4.2 de la mencionada directiva, explican los médicos, “se indica la provisión de la píldora del día siguiente (llamada anticonceptivo oral de emergencia), que tiene entre sus efectos el aborto, tal como los mismos fabricantes lo reconocen. Adicionalmente, la norma indica que se debe proporcionar a adolescentes y sin necesidad de tener historia clínica”.

 

“Nos sorprende y preocupa que el Ministerio de Salud promueva el uso irresponsable e imprudente de esta droga en la población en general y particularmente en menores de edad, peor aún dejando de lado la historia clínica que es una herramienta esencial para una práctica responsable en medicina, lo que significa una grave exposición al peligro para las usuarias”, expuso la asociación médica.

 

Asimismo, sobre la atención de gestantes con sospecha o confirmación de COVID-19, criticaron el numeral 6.3.14 que recomienda “valorar finalizar el embarazo, en cualquier momento, en caso que se encuentre en riesgo la vida de la gestante infectada por COVID-19”.

 

“Y ¿qué significa finalizar el embarazo cuando el concebido no es viable fuera del útero de la madre? La respuesta es: aborto. Es decir, indica el aborto como posible acción sanitaria a aplicar en casos de madres gestantes con COVID-19 grave”, advirtieron los médicos.

 

Ante esto, expresaron que “esta medida es contraria a los principios que rigen el actuar médico, que siempre debe basarse en la aplicación de terapias que se fundamentan en rigurosos estudios científicos y con respeto a elementales principios éticos, los cuales llevan a la medicina a proteger con las mejores estrategias a los pacientes”.

 

“Ante una gestante estamos ante dos pacientes a cuidar, la madre y el niño por nacer”, aseguró la asociación de médicos.

 

Sobre este tema, indicaron “que los datos actuales acumulados de las gestantes que enfermaron por COVID-19 no indican que su enfermedad haya sido de mayor gravedad que en las mujeres no gestantes; culminando su gestación en parto normal o cesárea según la valoración obstétrica y con recién nacidos vivos y sanos”.

 

“Esto es una demostración de que, con un adecuado manejo profesional, la gestación, aun en condiciones de grave enfermedad asociada, puede llevarse a buen término”, aseguraron los médicos.

 

En ese contexto rechazaron “que se den normas de este tipo sin respaldo en la ciencia médica; desatendiendo recomendaciones de entidades científicas, como la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología que ha emitido hasta tres documentos en relación con el tema, entre ellos una guía de manejo de gestantes con COVID-19”.

 

“En estos documentos se hace énfasis en la valoración adecuada de los casos y la aplicación de medidas terapéuticas similares a las que se dan en pacientes no gestantes; llegando incluso al uso de ventilación mecánica en los casos que lo requieran. En ningún momento se plantea el aborto como una alternativa de manejo”, precisaron los médicos.

 

En su mensaje, también dejaron en claro que la reciente “Directiva Sanitaria no se acompaña de bibliografía médica que respalde los ítems que referimos y no está elaborada sobre sustento científico y menos ético; sino siguiendo lineamientos de determinadas ideologías que buscan quitar la condición de persona al concebido y por ende los derechos que le asisten, los cuales le son reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico, partiendo por el artículo 2 de nuestra Constitución Política, que dice: ‘El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece’”.

 

“Hacemos un llamado al ministro de salud, Dr. Víctor Zamora para que prime la ciencia por sobre la ideología y se modifiquen los puntos antes mencionados para el bien y la salud de la población”, concluyó la asociación médica.

 

La Directiva Sanitaria No. 094-MINSA/2020/DIGIESP fomenta el uso de la anticoncepción oral de emergencia (AOE) o píldora del día siguiente, cuyo efecto abortivo ha sido reconocido por la Food and Drugs Administration (FDA) de Estados Unidos, ya que impide la implantación del óvulo fecundado o embrión en el útero.

 

En Perú el aborto es un delito. Según el Código Penal vigente es no punible cuando se realiza al no existir “otro medio para evitar la muerte o un mal permanente en la madre”.

 

Fuente: Aciprensa